Terradenaide
Usuario Nuevo
Abr 3, 2009, 7:41 PM
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El Consejo de Ministros español ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, que supone, entre otras cosas, que la solicitud de visado colegial de los trabajos profesionales será voluntaria, salvo que lo exijan las leyes (no los reglamentos internos de los propios colectivos), suponiendo un ahorro para los profesionales y para los clientes. Asimismo, se fija una responsabilidad para los Colegios cuando sellan trabajos, que hasta ahora era inexistente. Esto supone en fin del injustificado trámite de unas asociaciones que se erigían en administraciones paralelas con un obligatorio peaje económico que se materializaba en un sello que no suponía ninguna garantía alguna sobre el trabajo profesional sellado, mas allá de acreditar la posesión de un título académico en las profesiones regladas (algo que puede hacer un notario o una simple fotocopia compulsada a un precio muy inferior) y algún aspecto formal de orden menor, aparte del control soterrado del mercado de trabajo y de su reparto entre el colectivo profesional. El porcentaje de incremento sobre el coste de los servicios ha llegado a ser muy importante en muchos casos, por la obligación de este sellado, porcentaje que previsiblemente se reducirá en la factura del cliente (de modo lógico por las leyes del mercado y la competencia). También supondrá la reducción de la burocracia formal y las demoras en la gestión y entrega de los servicios profesionales, algo que en este país también es muy de agradecer. La realidad es que estas asociaciones no dejarán de existir, pero deberán suponer un servicio real al profesional o al consumidor para que su existencia y su precio tenga justificación (como ocurre con las asociaciones de trabajadores, empresarios, consumidores, etc..) y siempre de modo voluntario (lo que va a a obligarlas a procurar un servicio tangible) . Esta condición hará que algunas de estas asociaciones se reciclen y sobrevivan y otras no lo hagan y desaparezcan, o incluso, que aparezcan otras nuevas, con una estructura mas acorde con un apoyo profesional o social que pueda ser demandado en cada momento. Estas novedades no pueden causar perjuicio mas que a aquellos que se hubieran instalado en una dependencia económica de esta situación y que pretendan seguir manteniendo este estatus, pero ello no puede ser un impedimento para la mejora de los procedimientos y la proporción de servicios profesionales mas transparentes, económicos y rápidos.
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